Frase propiedad intelectual

El diseño está presente en todo lo que nos rodea. En todo lo que fabricamos. En todo lo que creamos. El diseño forma parte de lo que se considera invenciones creativas y merece una especial protección jurídica, porque de la innovación se produce el desarrollo. Por lo tanto, empecemos por aclarar que la propiedad intelectual en el diseño tiene dos ejes:

  • En primer lugar, podemos hablar de Diseños que recogen la personalidad del autor y no se reproducen en serie (porque son únicos o son limitados).
  • En segundo lugar, de Diseños industriales, que también son originales pero su fin es de uso industrial, para hacer en serie.

Cada uno de ellos tiene unos fines, una normativa y órganos de registro diferentes. Por esta razón, vamos a aclarar algunas cuestiones para que sepas qué está protegido y de qué manera. Y cómo registrar propiedad intelectual y la propiedad industrial.

Ley de protección intelectual

La Ley de protección intelectual en España determina que:

son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible…”.

Aunque el diseño no figura claramente como tal en la Ley de Propiedad Intelectual, sí está protegido por ella.

Tipos de derechos de propiedad intelectual e industrial

  • Morales: el reconocimiento de la autoría en el diseño es lo justo y también representa prestigio como artista o creativo.
  • Patrimoniales: los beneficios económicos derivados del uso del diseño.

Antes de registrar un diseño debemos tener presente la siguiente tabla:

Normativa de DiseñoDerechosNormativa de Diseño IndustrialDerechos
Ley de Propiedad Intelectual      Derechos de AutorLey de Protección Jurídica del Diseño Industrial BOE


Ley de Marcas BOE    



Ley de Patentes BOE

Diseños industriales  

Marcas y Nombres Comerciales  

Patentes y Modelos de Utilidad

El diseño gráfico: híbrido y ágil

Hay que matizar, respecto al diseño gráfico, que su fin principal es ofrecer una respuesta gráfica a una necesidad comercial de un producto o servicio.

Los diseños suelen ser creados por encargo y aunque su autoría siempre está reconocida (es un derecho intransmisible del diseñador) normalmente se encuentran regidos por las cláusulas de un contrato. Especifican la cesión de derechos como los de reproducción, modificación de la obra…, entre otras cosas.

Un diseño puede estar amparado tanto por la Ley de protección intelectual como por la Ley de propiedad industrial. No obstante, registrar un diseño requiere tiempo y dinero y sería inviable protegerlos todos con el trabajo diario.

Derechos de Propiedad intelectual y Derechos de Propiedad Industrial ¿Qué protegen?

  • Derechos de autor España: reconocen la autoría de una creación intelectual.

  • Patentes: protegen la función del diseño. “Una patente protege la función, el funcionamiento o la construcción de una invención. Se otorgan patentes para cualquier invención en cualquier campo tecnológico, a condición de que sea novedosa, implique una actividad inventiva y sea susceptible de aplicación industrial”, según define la EUIPO. Quien tiene una patente decide quién puede utilizar su diseño concediendo licencias de uso.

  • Marca: es el signo distintivo (símbolo, letras…) que define a nuestros productos y servicios haciendo que los consumidores los diferencien del resto del mercado.

  • Diseños industriales: se refiere a las características externas de un producto que lo diferencia de los demás sin atender a cuestiones técnicas ni funcionales.

hombre pescando propiedad intelectual

Diferencia entre Marca y Nombre Comercial

Muchas veces surgen dudas en torno a cuál es la diferencia entre Marca y Nombre Comercial.

  • La Marca distingue nuestros productos del resto en un mercado que puede ser nacional o internacional.

  • El Nombre Comercial es la denominación que distingue a una empresa de las demás en el tráfico mercantil y está vinculado a un país bajo una legislación nacional.

¿Por qué es importante registrar un diseño?

  • Es importante porque se trata de invenciones o de creaciones originales que repercuten directamente sobre el desarrollo de las tecnologías y la cultura de una sociedad.

  • Porque si están protegidas se fomenta la inversión en innovación, ya que se reconoce el esfuerzo y se recogen los beneficios de los diseños.

  • La inversión en innovación trae con ella el crecimiento económico.

  • Si los diseños están protegidos, los creativos, diseñadores, incluso los países, compiten en igualdad de condiciones en el mercado. Al reconocerse la propiedad o autoría no puede haber una apropiación indebida o un robo.

Cómo registrar la propiedad intelectual

Ejemplo: Derechos de Autor España. Para ostentarlos debes presentar la solicitud en el Registro General de Propiedad Intelectual, las sedes autonómicas o en el Registro de la Propiedad Intelectual online. Hay que adjuntar:

  • Ejemplar de la obra.

  • Documentación según fija la Ley de protección intelectual.

  • Justificante del abono de la tasa.

Puedes consultar más información en el Ministerio de Cultura y Deporte.

portal ompi

¿Cómo registrar una marca en España?

En España hay que acudir a la Oficina Española de Patentes y Marcas, pero según dónde la vayas a comercializar así debes registrarla teniendo tres niveles de protección:

  • Nacional: Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Si no sabes cómo registrar una Marca en España, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es el órgano donde debe inscribirse una Marca. Puedes presentar la solicitud por vía electrónica en la web de la OEPM, obteniendo una reducción de las tasas de un 15% y agilizando el trámite (OEPM teléfono).

Registrar una Marca en 5 pasos:

  • Elige una marca.

  • Busca antecedentes registrales.
    • Puedes solicitar los antecedentes registrales tanto de forma presencial en las sedes de la OEPM, como por vía electrónica.

  • Presenta la solicitud de registro de Marca y abona las tasas, ante la OEPM, las delegaciones de las Comunidades Autónomas y otras entidades públicas que fija la Ley.

  • Datos mínimos:
    • Declaración relativa a la solicitud de una Marca.
    • Identificación y firma del solicitante.
    • Representación de la Marca que se va a solicitar.
    • Productos o servicios a los que se aplicará.

  • La OEPM examinará la solicitud y emitirá su decisión de concesión o denegación de concesión de la Marca.

  • La duración, será de 10 años prorrogables por el mismo tiempo. Siempre que se use en el mercado y se haga el trámite de renovación.

En caso de querer registrar un nombre comercial el procedimiento es el mismo. Ocurre igual con las entidades a las que dirigirse.

Buscador de marca

Ventajas para Pymes de la Ley de propiedad intelectual y la industrial

Establece un sistema más equilibrado para que el tamaño o capacidad económica y productiva de una empresa no determine su futuro. Es decir, que las Pymes con grandes trabajos creativos tengan el respaldo suficiente para que sus innovaciones sean reconocidas en el mercado.

No solo sirve para que la visibilidad de las creaciones sea posible sino para evitar la apropiación intelectual.

Por último, es importante recordar que, aunque todos ellos sean motivos prácticos, hay personas y entidades que creen que la innovación no se fomenta por el beneficio económico. Este es el caso de los desarrolladores informáticos de programas de código abierto como la licencia GNU.

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